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Carroll LawABOGADOS DESDE 1888

España · Familias

¿Necesito un testamento español?

Legalmente, no; pero si tiene un inmueble en España, es muy recomendable. Un testamento español para sus bienes en España hace que su familia tramite la herencia mucho antes y con menos coste, evita tener que traducir y acreditar un testamento extranjero ante el notario español, y es el lugar natural para dejar constancia de su elección de la ley inglesa (o de su ley nacional). La única regla: su testamento español y el de su país deben redactarse para convivir, sin revocarse el uno al otro por accidente.

¿Es obligatorio un testamento español?

No. Un testamento extranjero válido se reconoce en España. Pero reconocerlo no es lo mismo que facilitar las cosas: un testamento solo extranjero debe traducirlo un traductor jurado, legalizarse o apostillarse y explicarse al notario español antes de que nada pueda avanzar. Son meses de fricción en el peor momento.

¿Por qué hacer un testamento español si ya tengo uno inglés?

Porque el notario español lo tramita directamente, en español, sin traducciones ni pruebas adicionales, lo que normalmente ahorra a la familia tiempo, dinero y retrasos. Además, mantiene sus asuntos en España ordenados y autónomos.

¿Puede un testamento español incluir la elección de ley?

Sí, y es el lugar ideal. Según el Reglamento (UE) 650/2012, un extranjero puede elegir la ley de su nacionalidad para regir su sucesión; dejar esa elección clara en el testamento que regula sus bienes en España la pone fuera de toda duda. Véase ¿Puedo elegir la ley inglesa?

¿Mi testamento español revocará el inglés?

Solo si está mal redactado. Un buen testamento español se limita expresamente a sus bienes en España y declara que no revoca el testamento de su país, y viceversa. Acertar con esa coordinación es precisamente para lo que sirve un abogado transfronterizo.

¿Qué clase de testamento español debo hacer?

Para la mayoría de las personas, lo sencillo es un testamento abierto otorgado ante notario e inscrito en el Registro General de Actos de Última Voluntad. Lo preparamos y coordinamos la firma.

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Cuéntenos qué ha pasado y le diremos exactamente qué hace falta y exactamente cuánto cuesta.

Sin compromiso, y sin pagar nada por saber en qué punto está. Un abogado lee personalmente cada consulta y responde, normalmente en un día hábil. Y no se preocupe si todavía no tiene todos los documentos o datos: casi nadie los tiene en esta fase. Díganos lo que sepa y le ayudamos a encontrar el resto.