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Carroll LawABOGADOS DESDE 1888

España · Herencias · Despacho con honorarios fijos

Vender un inmueble que heredó en España

Cuando la familia decide vender la casa heredada, llevamos toda la venta en España por usted (el contrato, la escritura y la transmisión al comprador) con honorarios fijos acordados antes de empezar, y sin que tenga que viajar.

▶ Cuéntenos qué ha pasado◻ WhatsApp☎ Déjenos un mensaje y le llamamos

No tiene que llevar usted solo una venta en España: ese es nuestro trabajo. Cuando el inmueble ya está a nombre de los herederos, venderlo es el último paso, y lo acompañamos desde la oferta del comprador hasta el dinero en su cuenta.

Si el inmueble aún no está a nombre de los herederos, eso va primero: véase inscribir el inmueble heredado (o nuestro servicio completo de tramitación de herencias), y pasamos directamente a la venta después.

Qué hacemos

Somos su abogado en el lado español de la venta, de principio a fin, con un poder notarial para que no tenga que viajar:

  • Comprobamos que la titularidad y los datos registrales y fiscales del inmueble están en orden y listos para la venta, y corregimos lo que pudiera preocupar al abogado del comprador.
  • Preparamos y negociamos el contrato de arras y nos aseguramos de que la señal se pague con seguridad.
  • Firmamos la escritura de compraventa ante notario en su nombre y transmitimos el inmueble al comprador.
  • Acompañamos el pago del precio hasta usted e inscribimos el cambio de titular en el Registro de la Propiedad, para cerrar el asunto como es debido.

Sin interrupciones, si ya tramitamos la herencia

Para las familias cuya herencia española ya tramitamos, la venta sigue sin interrupciones: ya tenemos los documentos del inmueble, el poder y la inscripción hecha, así que no hay nada que volver a reunir y la venta avanza sin demora. El mismo abogado que tramitó la herencia lleva la venta.

Un caso típico

Helen y su hermano habían heredado la casa de su madre en Marbella, que ya habíamos inscrito a su nombre. Vivían en el Reino Unido y ninguno quería quedársela. Llevamos la venta desde ahí: acordamos el contrato de arras con el abogado del comprador, nos aseguramos de que la señal se pagara con seguridad, firmamos la escritura ante notario con su poder y acompañamos el pago del precio hasta ellos, sin que ninguno tuviera que viajar.

Nuestros honorarios: un precio fijo, según el valor del inmueble

Unos honorarios fijos únicos por toda la venta, acordados por escrito antes de empezar: nunca por horas, y nunca un porcentaje del precio de venta. Un porcentaje es lo que cobra una inmobiliaria; nuestro trabajo es un trabajo jurídico definido, así que le damos una cifra clara. Los honorarios dependen solo del valor del inmueble, y son más bajos si ya tramitamos la herencia.

Precio de venta del inmuebleNuestros honorarios fijosSi tramitamos la herencia
Hasta 250.000 €2.650 €2.150 €
De 250.000 € a 500.000 €3.800 €3.100 €
De 500.000 € a 1.000.000 €6.500 €5.300 €
Más de 1.000.000 €Presupuesto individualPresupuesto individual

Todo + IVA. La columna «si tramitamos la herencia» es el precio más bajo que se aplica cuando ya hemos tramitado la herencia: los documentos, el poder y la inscripción ya están en nuestras manos, así que hay menos que hacer.

Si el inmueble tiene todavía una hipoteca u otra carga, cancelarla en la escritura es un paso adicional definido: un complemento fijo de 350 € + IVA, acordado de antemano. Nada queda abierto: si una venta tiene algo más que el caso normal, le decimos la cifra fija antes de que nos encargue nada.

Los gastos de terceros van aparte y nunca se incluyen en nuestros honorarios. Son los costes oficiales de una venta en España: sobre todo los honorarios del notario por la escritura, el certificado de eficiencia energética que exige la ley antes de anunciar una vivienda y la actualización en el Registro de la Propiedad; cada uno se paga a quien presta el servicio, no a nosotros, y se lo indicamos todo desde el principio.

Dos cosas a prever en impuestos, aparte de nuestros honorarios. Primero, si el vendedor no reside en España, el comprador debe retener el 3 % del precio e ingresarlo en Hacienda a cuenta del impuesto del vendedor sobre la ganancia; la ganancia tributa a un tipo fijo del 19 % para los vendedores no residentes, vivan donde vivan, y la retención se regulariza después: un pago adicional si se debe más, una devolución si el 3 % fue demasiado; y en un inmueble heredado la ganancia suele ser modesta, porque el valor se toma, en la práctica, a la fecha del fallecimiento. Segundo, la plusvalía municipal, el impuesto municipal sobre el incremento de valor del suelo, se devenga con la venta. (En una secuencia de herencia y venta, la plusvalía se devenga dos veces: al heredar, y al vender por el periodo desde el fallecimiento; si se vende poco después, la segunda suele ser pequeña.) Ambos son costes fiscales, no nuestros honorarios, y salen del precio de venta, así que conviene conocerlos pronto. Son impuestos distintos del de sucesiones que llevamos nosotros, y no asesoramos sobre ellos: se los señalamos claramente y le orientamos hacia un asesor fiscal adecuado.

El IVA se aplica al tipo español (actualmente el 21 %) y siempre se indica aparte, para que nuestros honorarios queden claros.

Cuánto tarda

El plazo depende sobre todo de encontrar comprador, y eso está en manos del mercado y de su inmobiliaria. Encontrado el comprador, el contrato de arras fija el calendario hasta la escritura: lo habitual son unas semanas o un par de meses entre las arras y la escritura, y las partes pueden acordar un plazo más corto. Si ya tramitamos la herencia y tenemos los documentos, la parte jurídica está lista sin demora, y el calendario lo marca el contrato y no el papeleo. Actuamos con su poder de principio a fin, así que no tiene que viajar para la escritura.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta vender un inmueble heredado en España?

Unos honorarios fijos únicos según el valor del inmueble, nunca un porcentaje: 2.650 € hasta 250.000 €, 3.800 € hasta 500.000 €, 6.500 € hasta 1 millón, y presupuesto individual por encima. Son más bajos si ya tramitamos la herencia. Todos + IVA.

¿Tengo que viajar a España para vender?

No. Actuamos con un poder notarial de principio a fin y firmamos la escritura ante notario en su nombre, así que no tiene que viajar.

¿Qué impuestos hay al vender un inmueble heredado en España?

Si el vendedor no reside en España, el comprador retiene el 3 % del precio a cuenta del impuesto sobre la ganancia, y se devenga la plusvalía municipal por la transmisión. Son costes fiscales, no nuestros honorarios; se los indicamos y le orientamos hacia un asesor fiscal.

Esté donde esté

Cuéntenos qué ha pasado y le diremos exactamente qué hace falta y exactamente cuánto cuesta.

Sin compromiso, y sin pagar nada por saber en qué punto está. Un abogado lee personalmente cada consulta y responde, normalmente en un día hábil. Y no se preocupe si todavía no tiene todos los documentos o datos: casi nadie los tiene en esta fase. Díganos lo que sepa y le ayudamos a encontrar el resto.